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¡Mi derecho, Mi lugar!


  Convocatoria 2025 para la asignación a la Educación Media Superior en la Zona Metropolitana del Valle de México, publicada por ECOEMS (Espacio de Coordinación de la Educación Media Superior) 


A continuación se reproduce íntegra la convocatoria publicada por el Espacio de Coordinación de la Educación Media Superior (ECOEMS)

Integrado por:

  • EL COLEGIO DE BACHILLERES (COLBACH),
  • EL COLEGIO NACIONAL DE EDUCACIÓN PROFESIONAL TÉCNICA (CONALEP),
  • El INSTITUTO DE EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO (IEMS),
  • LA DIRECCIÓN GENERAL DEL BACHILLERATO (DGB),
  • LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA AGROPECUARIA Y CIENCIAS DEL MAR (DGETAyCM),
  • LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN TECNOLÓGICA INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS (DGETI),
  • EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL (IPN),
  • LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO (SECTI),
  • LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MÉXICO (UAEMéx) y
  • LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO (UNAM).

Espacio de Coordinación de la Educación Media Superior (ECOEMS)


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Convocan


A las personas interesadas en iniciar estudios de Educación Media Superior (bachillerato general, bachillerato tecnológico o educación profesional técnica-bachiller) en alguno de sus planteles ubicados en la Zona Metropolitana del Valle de México (16) alcaldías de la Ciudad de México y los 22 municipios conurbados del Estado de México que se enlistan en la base 13 de esta Convocatoria) a participar en el proceso de asignación correspondiente al año 2025, de acuerdo con las siguientes:



BASES

1. DE LA PARTICIPACIÓN DE LAS INSTITUCIONES 



Las instituciones que organizan en forma unificada este proceso de asignación lo hacen con base en el acuerdo de aceptar los términos de esta convocatoria, la cual respeta plenamente las normas y las resoluciones de sus respectivos órganos de gobierno.

El COLBACH, CONALEP, DGB, DGETAyCM, DGETI, IEMS, SECTI y en los lugares asignados en el plantel Texcoco de la UAEMéx, participarán aceptando a las y los aspirantes sin la aplicación de examen, garantizando de esta manera el ingreso directo y equitativo a sus opciones educativas.

Por su parte, el IPN y la UNAM participan de acuerdo con su normatividad interna por lo que su proceso de asignación será mediante un examen de admisión en línea. Dichas instituciones mantendrán su participación en todos los mecanismos de coordinación con las otras instituciones que integran el ECOEMS.



2. DE LOS TIPOS DE ASPIRANTES


Para fines procedimentales del proceso de asignación, el ECOEMS ha dispuesto considerar como:

  1. Aspirante local a la persona que se registra en el proceso de asignación mientras está estudiando el tercer grado de educación secundaria, sin adeudar materias de primero o segundo grado, en una escuela (pública o particular) ubicada en alguna de las 16 alcaldías de la Ciudad de México o en alguno de los 22 Municipios conurbados del Estado de México, que se enlistan en la base 13.
  2. Aspirante egresada o egresadoa la persona que, cuando se registra al proceso de asignación, ya cuenta con su certificado de educación secundaria.
  3. Aspirante foránea o foráneo a la persona que se registra en el proceso de asignación mientras está estudiando el tercer grado de educación secundaria, sin adeudar materias de primero o segundo grado, en una escuela (pública o particular) ubicada fuera de alguna de las 16 alcaldías de la Ciudad de México y de los 22 municipios del Estado de México que se enlistan la base 13.
  4. Aspirante INEAa la persona que se registra en el proceso de asignación mientras está acreditando la educación secundaria en el Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA).

3. DE LAS MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN DE LAS Y LOS ASPIRANTES


  1. Aspirantes que únicamente elijan instituciones que garantizan el acceso directoy equitativo (sin examen).
  2. Aspirantes que elijan solamente instituciones que aplican examenpara asignar sus espacios educativos.
  3. Aspirantes que elijan instituciones que garantizan el acceso directo, y equitativo (sin examen), y que también elijan instituciones que aplican examen.
  4. Aspirantes extemporáneosque solicitan un espacio para ingresar a la Educación Media Superior, posterior a la publicación de resultados.



4. MATERIALES PARA EL REGISTRO

4.1 Antes de registrarse, todas y todos los aspirantes dispondrán de un Instructivo, el cual contiene el directorio de opciones educativas y explica los pasos y procedimientos para participar en el proceso. Dicho Instructivo y otros materiales de apoyo podrán ser consultados a partir del 18 de marzo en: www.miderechomilugar.gob.mx



5 REGISTRO


5.1 Todas y todos los aspirantes regulares (que no adeudan asignaturas de primero y segundo grado de educación secundaria) deberánrealizar su registro vía internet en el portal www.miderechomilugar.gob.mx,para lo cual deberán crear un correo electrónico personal en el sistema de registro, al que el ECOEMS les enviará la información relacionada con su participación en el Proceso de Asignación 2025. Asimismo, deberán proporcionar otra cuenta de correo electrónico perteneciente a la madre, padre o tutor, para que también se les envíe la información correspondiente de cada etapa del proceso. Por lo anterior, las y los aspirantes reconocen que la cuenta de correo creada en el sistema de registro del ECOEMS es el medio de comunicación directa y oportuna, así como de notificación oficial de los aspectos relacionados con los requisitos, fechas y procedimientos del Proceso de Asignación 2025 y se comprometen a consultarlo de manera frecuente. El periodo para realizar el registro será del 18 de marzo al 15 de abril, periodo en el cual deberán:

 

  • Capturar y validar sus datos personales (CURP, domicilio, número telefónico y, correo electrónico generado y de contacto).
  • Para el caso de las y los aspirantes egresados, subir al Sistema de Registro el archivo electrónico de su certificado de educación secundaria.
  • Las y los aspirantes con discapacidad, que seleccionen opciones educativas que requieren examen para ser asignadas o asignados, deberán proporcionar la información solicitada en el apartado “ASPIRANTES CON DISCAPACIDAD” para identificar si requieren o no algún apoyo para presentar su examen.
  • Contestar la encuesta de datos generales.
  • Capturar y validar las opciones educativas en las que deseen solicitar ingreso. La selección de las opciones educativas será responsabilidad exclusiva de la persona aspirante y de su madre, padre o tutores, en el caso de las y los aspirantes menores de edad.Todas y todos los aspirantes, dependiendo de sus preferencias,podrán generar uno o doslistados de opciones educativas en las que desean ingresar:
    • Un listado con opciones de instituciones que no aplicarán examen para ser asignados (COLBACH, CONALEP, DGB, DGETAyCM, DGETI, IEMS, SECTI y UAEMéx). En esta lista las y los aspirantes podrán elegir y registrar hasta 10 opciones educativas, las cuales se podrán combinar o intercalar según el orden de su preferencia.
    • Un listado con opciones de instituciones que aplicarán examen (IPN y UNAM) donde podrán elegir hasta 5 opciones educativas del IPN y hasta 5 de la UNAM, las cuales se podrán combinar o intercalar según el orden de su preferencia.

 

El listado o listados de las opciones educativas debe ser ordenado de acuerdo a la preferencia de la persona aspirante, madre, padre o tutores, pues se tomará como criterio de asignación.

 

  • Las y los aspirantes foráneos y del INEA deberán validar la información de su Carta Compromiso, documento mediante el cual se comprometen a subir el archivo electrónico de sucertificado de educación secundaria y capturar sus datos de certificación en el apartado “ASPIRANTES FORÁNEOS E INEA”en www.miderechomilugar.gob.mx, durante el periodo del 7 al 22 de julio de 2025.
  • Integrar, validar y generar su expediente electrónico, el cual constará de todos los documentos que contienen la información con laque la o el aspirante está de acuerdo para participar en el Proceso de Asignación 2025. Las y los aspirantes podrán descargar su Expediente Electrónico Certificado a partir del 21 de abril en: miderechomilugar.gob.mx
  • Aceptar los términos de esta Convocatoria e Instructivo.
  • Descargar e imprimir su Comprobante de Registro en el cual se indicará el orden de preferencia de las opciones educativas con las cuales estará participando en el proceso de asignación, conforme las haya capturado en su o sus listados de opciones educativas. El Comprobante de Registro es el documento que incluye el FOLIO que identificará a las y los aspirantes durante todo el proceso.

 

Conforme a lo establecido en la fracción II Apartado A del artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en los artículos 68, 116 y 120 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 16, 113 y 117 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y fracciones II, IX y XI del artículo 3, 26, 27, 43, 44, 45, 46 y 47 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados,los datos personales recabados serán protegidos y se incorporarán y tratarán en el sistema de datos del proceso de asignación del ECOEMS y en los sistemas de datos personales de las instituciones que la integran. Serán utilizados únicamente para los propósitos del proceso de asignación, así como para fines estadísticos, de investigación y planeación (consulta el Aviso de Privacidad Integral en: www.miderechomilugar.gob.mx)




6. CONCLUSIÓN DEL REGISTRO PARA ASPIRANTES QUE DECIDAN PRESENTAR EL EXAMEN DEL IPN O DE LA UNAM


6.1 Las y los aspirantes que decidan presentar examen de ingreso al IPN o a la UNAM; en apego a la Normatividad de cada Institución, deberán ingresar del 19 al 22 de mayo de 2025 a la página: www.miderechomilugar.gob.mx a fin de conocer los procedimientos que deberán realizar para su participación en el examen, en las fechas que para tal efecto se determinen.

6.2Las y los aspirantes que decidan presentar examen de ingreso al IPN o a la UNAM, deberán asistir personalmente a la toma de su fotografía, en el lugar, fecha y hora que se les indique en la Solicitud de Registro (Documento A) que obtendrán atendiendo la base 6.1 de esta convocatoria.

6.3Los aspirantes que no sustenten el examen, nopodrán ser asignados a los planteles del IPN o de la UNAM.




7. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES ESCOLARES

 


7.1 Con el fin de cerciorarse que, antes de la asignación de un lugar, la o el aspirante haya concluido satisfactoriamente la educación secundaria, el ECOEMS realizará las acciones necesarias para integrar sus antecedentes escolares. Dichas acciones son específicas para cada tipo de aspirante:

a) En el caso de las y los aspirantes locales la verificación se realizará a través de la consulta de las bases de datos de control escolar que proporcionen las autoridades educativas competentes.

b)La verificación de los antecedentes escolares de las y los aspirantes egresados, se realizará con la validación de la información del archivo electrónico de su certificado de educación secundaria que suban al sistema de registro.

  1. Las y los aspirantes foráneos y del INEAdeberán comprobar sus antecedentes escolares entre el7 y el 22 de julio, ingresando al apartado ASPIRANTES FORÁNEOS E INEA en www.miderechomilugar.gob.mx para enviar el archivo electrónicode su certificado de educación secundaria y capturar sus datos de certificación.El certificado deberá ser expedido a más tardar el 16 de julio de 2025Al terminar este trámite podrán descargar y recibir por correo electrónico un documento comprobatorio. En caso de que la o el aspirante no cuente con su certificado a pesar de haber concluido satisfactoriamente su educación secundaria, en sustitución de este documento deberá enviar el archivo electrónico de una constancia oficialen la que se exprese que la o el aspirante concluyó la educación secundaria antes del 16de julio de 2025, con el promedio general obtenido y la causa por la cual la o el aspirante no cuenta aún con su certificado. Esta constancia deberá ser enviada en las fechas y apartado antes señalados.

 

Esta constancia oficial deberá ser expedida:

  • En el caso de las y los aspirantes foráneos, por el responsable del Área de Control Escolar de la autoridad educativa local correspondiente.
  • En el caso de las y los aspirantes del INEA, por la Subdirección de Normatividad y Evaluación del Aprendizaje de las oficinas centrales del INEA.

 

No se aceptará ningún otro tipo de constancia. Las constancias de estudios que se extiendan únicamente servirán para comprobar que las y los aspirantes foráneos y del INEA concluyeron de manera satisfactoria la educación secundaria. Para que puedan realizar su inscripción en la opción educativa en que sean asignadas o asignados es necesario que presenten el certificado de educación secundaria en original expedido a más tardar el 16 de julio de 2025.

 

7.2 En cualquier caso, las instituciones integrantes del ECOEMS, en ejercicio de sus atribuciones y en su ámbito de competencia, podrán realizar todas las acciones necesarias para verificar la veracidad de los antecedentes escolares de las y los aspirantes.

7.3Quedarán fuera del proceso de asignación las y los aspirantes cuyos antecedentes escolares no puedan ser verificados, que sean falsos, alterados o no sean verídicos, sin que esto exima a la o el aspirante de los procedimientos administrativos o legales que cada institución determine para estos casos.




8. REGLAS PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS LUGARES

 


8.1 La asignación de lugares se realizará sólo entre las y los aspirantes que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Contar con certificado de educación básica o de educación secundaria expedido a más tardar el 16 de julio de 2025.
  • Cumplir con los requisitos particulares que fija cada institución, según se informa en el Instructivo del proceso.

8.2 Las y los aspirantes de los cuales no se puedan verificar o no se reciban sus antecedentes escolares de acuerdo a lo establecido en la base 7.1, aparecerán en la Gaceta Electrónica de Resultados como aspirantes sin certificado (SC).

8.3 Para el caso de las y los aspirantes que cuenten con listado de opciones educativas de instituciones que no aplicarán examen, el criterio para la asignación de espacios educativos serán el orden de las opciones educativas establecidas en sus Listados de opciones educativas con base enel número de lugares disponibles en cada opción educativa registrada. El criterio de asignación es dar prioridad a las preferencias de las y los aspirantes señaladas en sus opciones educativas registradas. Esta asignación se garantizará a las y los aspirantes siempre y cuando concluyan satisfactoriamente la educación secundaria a más tardar el 16 de julio de 2025.

Si la opción educativa del aspirante es de baja preferencia (tiene lugares suficientes para recibir a todas y todos sus aspirantes) serán asignadas o asignados de manera directa. Si es de alta preferencia (no cuenta con lugares suficientes para recibir a todas y todos sus aspirantes) se realizará un sorteo con cuota de género (garantizando al menos el 50% de los lugares a las aspirantes), cuando sea necesario. En caso de que la o el aspirante no quede asignado en alguna de las opciones de sus Listados de opciones educativas, se le ofrecerán opciones educativas cercanas o similares a la primera opción que aparece en su Comprobante de registro.

8.4 El IPN y la UNAM realizarán el proceso de asignación de las y los aspirantes que presenten el examen y obtengan un promedio mínimo de secundaria de 7.0, tomando en cuenta el número de aciertos obtenidos, el orden de las preferencias educativas y el número de lugares disponibles en cada opción educativa.

8.5 Las y los aspirantes que registren opciones educativas del IPN y la UNAM (que en función de su cupo), no resulten asignadas o asignados a las opciones registradas en estas instituciones, se asignarán en alguna de las opciones educativas de acceso directo (sin examen). Si la o el aspirante registró un listado de opciones educativas de acceso que no requieren examen, se le ofrecerá un espacio educativo en alguna de ellas o alguna opción similar a su primera opción registrada. Si no tuvieran listado de opciones, se asignará en alguna opción que en ese momento cuente con lugares disponibles.





9. PUBLICACIÓN DE LOS RESULTADOS

 


9.1 La Gaceta Electrónica de Resultados será el único documento oficial mediante el cual se publiquen los resultados del Proceso de Asignación 2025, dicho documento estará disponible a partir del martes 19 de agosto del año en curso en www.miderechomilugar.gob.mx.Adicionalmente, en el mismo portal, las y los aspirantes, con su número de FOLIO y su CURP, podrán consultar su resultado individual del proceso de asignación 2025, el cual será únicamente un reporte de carácter informativo sin validez oficial, para los procesos de inscripción.

El ECOEMS podrá enviar el resultado obtenido a cada aspirante vía correo electrónico. En su caso, la o el aspirante podrá actualizar sus datos de contacto en www.miderechomilugar.gob.mx durante el periodo comprendido del 7 de abril al 18 de julio del presente año.

Además, la o el aspirante podrá consultar su resultado a través de Educatel.

9.2 La Gaceta Electrónica de Resultados mostrará la opción educativa que le fue asignada a cada aspirante en el proceso de asignación.

9.3 Las y los aspirantes que presenten el examen del IPN y la UNAM, podrán conocer el desempeño que tuvieron en el examen ingresando al portal: www.miderechomilugar.gob.mx el día de publicación de resultados.

9.4En la Gaceta Electrónica de Resultados se establecerán las fechas y procedimientos para la atención de las y los aspirantes que, por causas administrativas ajenas a ellas y ellos, no hayan sido asignadas o asignados en la opción educativa que les pudiera corresponder de acuerdo con las reglas de asignación de los lugares del proceso de asignación. El proceso y las asignaciones correspondientes concluirán el 29 de agosto de 2025.




10. INSCRIPCIÓN

 


10.1 Las y los aspirantes únicamente podrán realizar su inscripción a una opción educativa cuando hayan sido asignadas o asignados mediante el Proceso de Asignación 2025 (sin excepción).

10.2 En la Gaceta Electrónica de Resultados se informará de los lugares y las fechas para realizar la inscripción en las instituciones educativas. Asimismo, se informará de los documentos que les serán solicitados y los requisitos que deberán cumplir las y los aspirantes asignados.

10.3 Todas las personas aspirantes asignadas que no cuente con su certificado de educación básica o de educación secundariaexpedido a más tardar el 16 de julio de 2025o que no cumpla con los requisitos particulares que fija cada institución, según se informa en el instructivo del proceso, no podrá inscribirse en la opción educativa asignada.




11. OTRAS OPORTUNIDADES


Las instituciones convocantes, cuyos planteles y especialidades aún tengan lugares disponibles después del 20de agosto de 2025, ofrecerán dichos lugares mediante sus procedimientos.

12. QUIENES COMETAN O COLABOREN EN ALGÚN ACTO FRAUDULENTO INHERENTE AL PROCESO DE ASIGNACIÓN CAUSARÁN BAJA EN CUALQUIERA DE SUS ETAPAS.

13. LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO QUE, DE MANERA CONJUNTA CON LA CIUDAD DE MÉXICO, CONFORMAN LA ZONA METROPOLITANA PARA EFECTOS DE ESTE PROCESO SON:

1. Acolman

2. La Paz

3. Atizapán de Zaragoza

4. Naucalpan de Juárez

5. Coacalco

6. Nezahualcóyotl

7. Cuautitlán

8. Nicolás Romero

9. Cuautitlán Izcalli

10. Tecámac

11. Chalco

12. Tepotzotlán

13. Chicoloapan

14. Texcoco

15. Chimalhuacán

16. Tlalnepantla

17. Ecatepec de Morelos

18. Tultepec

19. Huixquilucan

20. Tultitlán

21. Ixtapaluca

22. Valle de Chalco Solidaridad




12. QUIENES COMETAN O COLABOREN EN ALGÚN ACTO FRAUDULENTO INHERENTE AL PROCESO DE ASIGNACIÓN CAUSARÁN BAJA EN CUALQUIERA DE SUS ETAPAS.





13. LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO QUE, DE MANERA CONJUNTA CON LA CIUDAD DE MÉXICO, CONFORMAN LA ZONA METROPOLITANA PARA EFECTOS DE ESTE PROCESO SON:


1. Acolman

2. La Paz

3. Atizapán de Zaragoza

4. Naucalpan de Juárez

5. Coacalco

6. Nezahualcóyotl

7. Cuautitlán

8. Nicolás Romero

9. Cuautitlán Izcalli

10. Tecámac

11. Chalco

12. Tepotzotlán

13. Chicoloapan

14. Texcoco

15. Chimalhuacán

16. Tlalnepantla

17. Ecatepec de Morelos

18. Tultepec

19. Huixquilucan

20. Tultitlán

21. Ixtapaluca

22. Valle de Chalco Solidaridad




14. ESTA CONVOCATORIA, EL INSTRUCTIVO Y LA GACETA ELECTRÓNICA DE RESULTADOS CORRESPONDIENTE CONSTITUYEN EL MARCO NORMATIVO DEL PROCESO DE ASIGNACIÓN A LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR, AL QUE CONVOCAN LAS INSTITUCIONES QUE INTEGRAN EL ECOEMS. LO NO PREVISTO EN ESTA CONVOCATORIA SERÁ RESUELTO POR EL ESPACIO DE COORDINACIÓN DE LA EDUCACIÓN MEDIA SUPERIOR (ECOEMS).


 



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